TODO LO QUE TENÉS QUE SABER SOBRE EL CONCEJO DELIBERANTE
¿Qué es el Honorable Concejo Deliberante?
Es uno de los dos poderes del gobierno municipal.
¿Qué función cumplen los Concejales?
Legalmente y de acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades, un Concejal es un integrante del Cuerpo denominado “Honorable Concejo Deliberante”, que tiene como función la de controlar las tareas administrativas del Ejecutivo Municipal, dictar las Ordenanzas que permitan actuar a dicho Departamento, controlar y aprobar el Presupuesto Municipal, aprobar o no el aumento de impuestos, entre otras tareas.
¿Como esta conformado el gobierno municipal?
Los Poderes Provinciales y los Gobiernos Municipales poseen su propia división de poderes al igual que el Estado Nacional. Esto sucede porque cuando se asume que la forma de gobierno será Federal existirán poderes autónomos en lo que respecta a recaudar fondos, dictar leyes pero siempre reconociendo ordenes de prelación especificados en la Constitución Nacional. A nivel Provincial el poder ejecutivo lo ocupa el Gobernador y recibe la ayuda del vicegobernador y los ministros. El gobernador aplica las leyes de acuerdo con la Constitución Nacional y es el encargado de mantener el orden interno. El poder legislativo está a cargo de la Legislatura, dictan leyes de acuerdo a la Constitución Nacional. El poder Judicial cumple las leyes y sancionan a quien no las cumple.
John Locke y Montesquieu postularon la división de poderes, el ejecutivo, el legislativo y el judicial como forma de balancear y equilibrar los distintos poderes públicos y garantizar la igualdad de derechos de los ciudadanos , base de una democracia.
Los municipios son parte del Estado pero tienen como ventaja encontrarse muy cerca de sus votantes, de quienes los eligieron. Generalmente se llama a los municipios: departamentos, comunas o partidos. Existen a este nivel de administración división de poderes. Un poder Ejecutivo representado por el Intendente. El poder legislativo que es ejercido por el Concejo Deliberante que dicta ordenanzas municipales. El poder Judicial ejercido por el Tribunal de Faltas y lo integran Jueces de Falta que sancionan infracciones.
¿Que es una ordenanza?
La Ordenanza es la norma que tiene jerarquía de Ley dentro de un Partido.
¿Qué significa oficialismo y qué significa oposición?
Oficialismo es el Partido Político de la misma línea que conduce el Gobierno Municipal (Intendente), mientras que oposición son el resto de los Partidos Políticos que conforman el Honorable Concejo Deliberante. Desde hace muchos años, el oficialismo cuenta con mayoria en el HCD, esto permite al ejecutivo municipal, aprobar o rechazar ordenanzas con facilidad.
Puede ver como esta compuesto el HCD por aca (https://www.concejoldez.gob.ar/concejales)
¿Puede el Intendente vetar una ordenanza votada por el Concejo?
Si. El Sr. Intendente tiene facultad para vetar una Ordenanza, la misma puede ser vetada total o parcialmente, si esto ocurre la Ordenanza se devuelve al Concejo para su estudio y si el Concejo insiste con ella con los 2/3 del total de sus miembros la Ordenanza tiene sanción definitiva.
¿Qué cantidad de ediles (concejales) tiene el Concejo?
La cantidad la estipula la Ley Orgánica de las Municipalidades, Lomas de zamora tiene 24 por su población.
Puede ver como esta compuesto el HCD por aca (https://www.concejoldez.gob.ar/concejales)
¿Cuánto duran en su mandato?
La duración del mandato es de cuatro años, renovándose cada dos años la mitad del Honorable Cuerpo.
¿Qué funciones tienen?
Las atribuciones del Departamento Deliberativo son muy amplias. Reglamentarios: tienen que ver con legislar sobre diversos ámbitos ciudadanos relacionados con la industria, el comercio, el transporte y demás actividades a nivel municipal. Sobre creación de establecimientos, delegaciones y divisiones del Municipio: Hospitales, maternidades, salas de primeros auxilios; bibliotecas públicas; sobre los cuarteles del Partido y Delegaciones Municipales; las zonas industriales y residenciales del Partido. Sobre recursos y gastos: corresponde al Concejo sancionar las Ordenanzas Impositivas que dispongan aumento o creación de impuestos o contribuciones de mejoras. Sobre consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos. Sobre servicios públicos, etc..-
¿Quiénes eligen a las autoridades del H. Cuerpo?
El Presidente (generalmente del Partido que ganó las elecciones) es elegido por sus pares por simple mayoría de votos, de la misma forma se elige un Vicepresidente Iº y IIº. El Secretario es elegido por el Sr. Presidente con acuerdo del resto de los Sres. Concejales.
¿Qué norma tiene la jerarquía de Ley dentro de nuestro Partido; el Concejo qué hace?, y el Departamento Ejecutivo?
La Ordenanza es la norma que tiene jerarquía de Ley dentro de un Partido. El Concejo la sanciona y el Departamento Ejecutivo la promulga. El Departamento Ejecutivo tiene diez días hábiles para promulgarla, caso contrario se promulga de hecho. También el Sr. Intendente tiene facultad para vetar una Ordenanza, la misma puede ser vetada total o parcialmente, si esto ocurre la Ordenanza se devuelve al Concejo para su estudio y si el Concejo insiste con ella con los 2/3 del total de sus miembros la Ordenanza tiene sanción definitiva.
En caso de empate en una votación, ¿quién desempata?
El Presidente. En caso de empate su voto vale doble
¿Los vecinos pueden presenciar las sesiones?
Si. El Recinto es el espacio físico donde se llevan a cabo las Sesiones del Honorable Cuerpo. La barra constituye el espacio físico donde se ubica el público que concurre al Recinto para escuchar el desarrollo de una Sesión.